Este año, como he venido haciendo los
últimos, he aprovechado el curso que anualmente organiza el Consejo General del
Notariado en la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo como excusa
perfecta para pasar (en la mejor de las compañías) unos días en Santander,
ciudad que, aunque obviamente no necesite de mi promoción, recomiendo a todo el
mundo.
Y bueno, quizás mi mala conciencia por haber
disfrutado de una semana de vacaciones, me ha llevado a creer que puedo en
cierto modo enmendar mi falta escribiendo una pequeña crónica de lo que allí se
dijo, o al menos, de lo que yo escuché, que no siempre lo que se dice y lo que
se escucha son la misma cosa y, de paso, me voy a despachar a gusto.
Y así, como decía aquél, me constituyo en
“notario de la actualidad”, y paso a redactar este remedo de acta, valiéndome
de “las notas tomadas sobre el terreno”, completadas por lo que mi memoria
alcance, aunque ésta ya no es la que era, como es lo natural. Reconociendo una
“mala praxis notarial”, pues he demorado la redacción de esta “diligencia” más
de dos meses, si en algún momento me
aparto de la “verdad”, pido perdón por anticipado, aunque el de verdad no deja
de ser un concepto en gran medida subjetivo.
El lugar de celebración del curso fue la sede
de la UIMP en el
Palacio de la Magdalena.
El curso, o más bien encuentro, duró dos
días. Estuvo codirigido por Don Alfonso Caballé Sánchez, Decano del Colegio
Notarial de las Islas Canarias, y por Don Lorenzo Prats Albentosa, Catedrático
de Derecho Civil de la
Universidad Autónoma de Barcelona.
La asistencia al curso la calificaremos de
aceptable (seamos generosos, que estamos empezando). Es cierto que en los
últimos años la UIMP
no nos coloca en una gran aula, pero al menos no hubo demasiados huecos, la
mayor parte del tiempo. Sin embargo, si comparáramos el número de asistentes
con los de hace una década, existe una sustancial disminución.
Este año asistieron algunos compañeros de la
nueva promoción de notarios. Hasta tres creo que identifiqué casi con seguridad
como tales. Tuve la impresión de que eran originarios de Canarias, así que me
imagino que su Colegio de origen, que
estaba encargado este año de la organización del curso, les sugirió asistir.
Uno de los nuevos compañeros estuvo especialmente activo en materia de
preguntas, lo que siempre anima. Por otra parte, además de los representantes
corporativos del notariado y de quienes asistieron en momentos “estelares”,
como el principio y final del encuentro, casi estoy por decir, salvando
previamente mi responsabilidad, que estos nuevos compañeros y yo fuimos los
únicos asistentes notariales al curso, lo que tampoco resulta ya novedoso.
La
materia del curso era “La tutela del consumidor en la contratación financiera”.
Y nada, allí me presenté el primer día a las
nueve y media de la mañana, y aprovecho para dar fe de que, efectivamente, a
esa hora están puestas las calles. Después de la introducción al curso por el
Presidente del Consejo General del Notariado, la primera de las ponencias
corrió a cargo de Don Fernando Tejada de La Fuente , Director del departamento del servicio de
reclamaciones del Banco de España. Llevaba por título “Normas sobre transparencia
y protección de los clientes de los servicios bancarios”.
Nos ilustró durante aproximadamente cuarenta
minutos. Traía escrita su intervención y se ayudó en la exposición de un
ordenador y una pantalla. Esto siempre es de agradecer, facilita el seguimiento
y hasta ahí todo serían parabienes. Sin embargo, lo cierto es que las notas que
usaba, digamos, por seguir siendo benignos, que no estaban del todo
actualizadas. El propio “conferenciante”, durante su exposición, fue consciente
de la situación, que trató de salvar sobre la marcha, aunque tales recursos,
propios de opositor curtido, siempre son
de resultado incierto. Razoné, no sé si con acierto, que tan alto cargo de
nuestra administración tiene más dignas responsabilidades a que dedicar su
tiempo que preparar su intervención en un encuentro de verano, y, en fin, el
que esté libre de pecado que tire la primera piedra. Los fines institucionales,
al menos, supongo que se cumplieron.
Al margen del contenido de la intervención,
la parte de lejos más interesante fue el turno de preguntas. La cuestión fue la
famosa “expresión manuscrita”, que volvería a aparecer durante el encuentro,
pero que en ese momento fue la merecidísima protagonista. He de reconocer que
los preguntantes, sin duda compañeros presentes ad hoc, lograron transmitir el
desagrado general de la profesión con el logro legal.
El representante del Banco de España comenzó
por afirmar que en su casa estaban encantados con el invento, a juicio de
ellos, todo un acierto. Cuando se le puso de relieve alguna de las
dificultades, ya no de fondo, sino prácticas que puede plantear la ocurrencia
(por ejemplo, personas que no pueden escribir o extranjeros), a lo más que
llegó, para salir del envite sin mayor daño, fue conceder que si los notarios
creíamos que la regulación era mejorable, planteáramos las soluciones que se
nos ocurriesen, que graciosamente se estudiarían, pero sobre la base de que la
expresión manuscrita ha llegado para quedarse, y quizás hasta para
reproducirse.
Por supuesto que ninguno de los
representantes institucionales del notariado allí presentes tuvo a bien decir
ni media palabra al respecto, lo que, a pesar de esforzarme en comprender que
están sujetos a compromisos, y que eran los anfitriones y nobleza obliga, no
dejó de causarme cierta sorpresa, lo cual no está del todo mal, pues
sorprenderse de algo le hace a uno sentirse joven. Mi voz interior, la cual
tras años de entrenamiento y por propia disposición natural, consigo siempre
mantener donde nace, bramaba del siguiente modo: si nuestros altos
representantes no dicen nada ante una de las normas más destructivas para el
notariado en toda su historia, comparada con la cual el asunto de los
apoderamientos electrónicos no es sino una pequeña broma registral, ¿cuándo y a
cuenta de qué hablará esta gente?
A pesar de la manifiesta satisfacción del
Banco de España, el infame artículo 6 de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, no solo es una norma
insultante para el notariado, y que, en contra de su rimbombante título,
manifiestamente busque solo la protección de la entidad de crédito frente al
cliente, a quien copiar al dictado unas frases informa exactamente de “nada”,
sino que es de pésima calidad técnica, hasta el punto de ser prácticamente
incomprensible. Leamos su principal supuesto: “que se estipulen limitaciones a
la variabilidad del tipo de interés, del tipo de las cláusulas suelo y techo,
en los cuales el límite de variabilidad a la baja sea inferior al límite de
variabilidad al alza”. Aparte de consagrar legislativamente la validez de las
cláusulas suelo, las cuales ni son ilegales, ni tal cosa ha dicho, ni podría
haber dicho, el Tribunal Supremo, aunque la verdad es que lo ha intentado,
resulta realmente desafiante saber lo que ha querido decir nuestro legislador.
Digamos que la voluntad del legislador, salvar la responsabilidad de la
entidad, es diáfana, pero la voluntad de la Ley es totalmente lo contrario. ¿Es que acaso
puede haber una cláusula suelo que no sea inferior a la cláusula techo? Y si
debemos comparar las dos cláusulas con algún término de referencia, cuál será
este ¿el interés normal del dinero? ¿su interés legal? Vamos, que por
precaución la aplicaré siempre que haya una cláusula suelo, con independencia
de cuál sea la cláusula techo, aunque no sea eso lo que la norma dice. Y si por
un casual, puestos a imaginar, alguna vez no se cumpliera la previsión
legal, sabe alguien cuál sería la
consecuencia. ¿Es nulo el contrato? ¿Queda sin ningún valor la dación de
fe del notario de que el otorgante ha prestado un consentimiento informado?
¿Puede el registrador no inscribir?
He de decir, por otra parte, que la expresión
manuscrita fue objeto de críticas, no solo por los notarios, sino por otros
ponentes, como Manuel Conthe, y también por el representante de Adicae, que
fue, con el primero, otro de los grandes animadores de las jornadas.
En fin, sigamos. De la siguiente ponencia, a
cargo de Doña Lourdes Centeno Huerta, Vicepresidenta de la Comisión Nacional de
Valores, poco, o más bien nada, recuerdo. Mea culpa, por supuesto. Llevaba por
título “Tutela del cliente minorista de los productos financieros”. La parte
que ha conservado mi memoria es cierta discusión en el turno de preguntas entre
dos de los futuros ponentes, Manuel Conthe y el representante del partido
socialista que intervendría en la mesa redonda de la tarde, sobre la condición
de clientes minoristas de los defraudados en el escándalo de Gowex. Según
Manuel Conthe, que la verdad es que no dejó de dar juego y de pisar juanetes,
incluso notariales, como veremos, había que diferenciar ese caso de Gowex, en
donde, dijo, no se estaba ante pequeños inversores ingenuamente engañados, del
caso de las preferentes. Esto motivó la algo airada respuesta del político,
quien replicó que la mayoría de los afectados en Gowex sí eran pequeños
ahorradores. Como nada sé del caso, nada más digo.
Con esto se acabó la jornada matinal y
después de comer con cierta premura, volví a por más por la tarde.
La sesión vespertina estuvo dedicada a una
mesa redonda. Intervinieron el representante de Adicae, Don Manuel Pardos
Vicente, un notario de Santa Cruz de Tenerife, Don Javier Martínez Moral, y dos
diputados, una del PP, Doña Irene Garrido Valenzuela, y otro del PSOE, Don
Antonio Hurtado Zurera. Estos dos últimos, al parecer, pertenecen o habían
pertenecido a alguna comisión parlamentaria relacionada con el tema de
protección de los consumidores.
Comenzaré por comentar brevemente la
intervención del compañero notario. En general, cabe decir que fue
prácticamente el único de la mesa que mantuvo un tono jurídico, lo que siempre
agradezco. Hizo algunas propuestas concretas. En una de ellas, en términos
generales, pues no recogí los detalles, proponía que se regulase la
intervención obligatoria del notario en la fase precontractual del préstamo. Bien
está proponerlo, aunque lamentablemente no me parece a mí que por ahí corran
los vientos, y para muestra, la sentencia de la Audiencia Nacional a la que me
refiero después. Personalmente me conformaría con que consiguiéramos
mantenernos en el momento del otorgamiento, y si pudiera ser como algo más que
legitimadores de firmas y dictadores de expresiones manuscritas, sería para
cantar loas al ser supremo de cada uno. La segunda de sus propuestas que tengo
apuntada en mis notas consistió en reforzar el derecho a la libre elección de
notario. Bien está también recordarlo, aunque los vientos en este caso sean
tempestades. Propuso que el derecho a la libre elección se extendiese al acta
de fijación de saldo en los préstamos. No acabé de entender cómo se articularía
la elección del notario por el consumidor en ese caso, pues es un documento
otorgado a requerimiento exclusivamente de la entidad prestamista. Quizás se
refería a establecer algún tipo de turno de reparto a través de los Colegios.
Es posible que se me escapara algo de su intervención, que califico, en esta
labor censora que me auto-atribuyo, de buen nivel. Todo esto me permite
comentar, un poco de paso, que, hablando el otro día con el encuadernador,
auténtico manantial de información sobre el estado de la profesión notarial en
nuestra región, siempre dentro de la discreción de la que hace gala, me comentó
que un notario de por aquí autorizaba no cientos, sino casi miles de esas actas
de fijación de saldo. Al margen ya de la concepción de la profesión de cada
uno, he de decir que, egoístamente, se lo agradezco, pues siempre me ha sido un
instrumento muy antipático, y las escasas veces que me he topado con uno, he
sudado para salir del paso por encima del simple control formal.
En cuanto al representante de la organización
de consumidores Adicae, lo primero que he de reconocer es la llamativa la
vitalidad que muestra ese hombre, ya de cierta edad. Buena parte de su
intervención estuvo dedicada, más que a criticar a los Bancos, que también lo
hizo, pero solo en el tiempo sobrante, a poner de vuelta y media a la
organización de consumidores “rival” que había planteado la demanda que da
lugar a la sentencia de las cláusulas suelo, Ausbanc, y de paso también a la
propia sentencia. Además de decir, si no le entendí mal, que Ausbanc había sido excluida del registro de
asociaciones de consumidores, afirmó que se trató de una demanda mal planteada
y mal resuelta. Si comprendí bien su intervención, criticaba que no hubiera habido
un pronunciamiento del Tribunal sobre el carácter abusivo de fondo de la
cláusula, y también la falta de pronunciamiento sobre la restitución de
cantidades ya cobradas. Nos explicó que un Magistrado del Tribunal Supremo les
había reconocido que no habían querido pronunciarse sobre esto último por
razones puramente macroeconómicas, lo que consideró motivo de gran escándalo (y
quizás lo sea). Sobre los notarios y su papel en el otorgamiento de las
escrituras de préstamo hipotecario, afirmó que la estrategia de su asociación
no era ir contra los notarios, sino contra la Banca, lo que me motivó un
automático e incontrolable reflejo de cariño.
Debo decir que, a estas alturas, el papel de
los notarios ya había sido explícitamente cuestionado por algún “atrevido”
asistente al curso, con la consabida pregunta de “cómo han podido los notarios
autorizar alegremente escrituras con cláusulas suelo y otras del estilo”, pero
de momento podría decirse que la cosa no había ido a mayores. En todo caso, en
mi línea de consumidor de cursos exigente, ya empezaba a echar en falta que
alguno de nuestros representantes corporativos explicara públicamente el papel
que el legislador y los Tribunales nos han específicamente atribuido en esta
materia, que es, concretamente, ninguno, excepción hecha de lo de explicar o advertir,
lo que, por cierto, para nuestro Tribunal Supremo tampoco sirve para nada.
Por último, los señores Diputados hicieron su
intervención. Más vehemente el socialista, más contenida la popular. Se
refirieron ambos, que aunque discutían, se veía que se caían bien, a la
necesidad de reforzar los mecanismos de control sobre la Banca, con mención de
diversos organismos públicos, y también a la conveniencia de fomentar la
cultura financiera del consumidor, aludiendo a la posibilidad de incluir estas
materias en los programas de estudios básicos y secundarios, pero ni una sola
referencia al papel del único funcionario público presente, que se sepa, en el
momento del otorgamiento del préstamo hipotecario. Los señores Diputados no se
ocuparon, ni motu proprio, ni a requerimiento ajeno, de si es necesario o no
reforzar la función notarial, aunque alguno sí deslizó, si la memoria no me
falla, cierta crítica hacia una supuesta actitud de inhibición del notariado
ante las cláusulas abusivas, pero puede ser que en esto último sea injusto,
pues el recuerdo ya no es claro y no lo tengo expresamente recogido en mis
notas. Como era de esperar tampoco ninguno de nuestros representantes
institucionales presentes abrió la boca para decir algo a los señores
Diputados, que no fueran felicitaciones sobre sus brillantes intervenciones.
Sus razones tendrían, seguro, que ya habrá mejores escenarios para tratar
aquello de lo que todos, sin excepción, hacen teórica bandera.
Sin más que comentar, acabó la primera
jornada, y yo, previa parada en las terrazas del Paseo de Pereda, me fui al
hotel y a dormir, que al día siguiente volvía a madrugar.
Y hasta aquí por hoy, aunque me queda el
comentario del segundo día. Lo mejor está por llegar.
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