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martes, 28 de septiembre de 2021

Algunas dudas sobre el Reglamento comunitario 2016/1103 sobre regímenes económico matrimoniales. El ámbito y objeto del Reglamento 2016/1103. Su delimitación frente al Reglamento europeo de sucesiones. ¿Puede suponer la aplicación de los criterios de este Reglamento 2016/1103 a la determinación de los derechos sucesorios legales del cónyuge viudo ex artículo 9.8 II el Código Civil la consideración como internacional de una sucesión? La determinación de la ley aplicable a los efectos del matrimonio: los artículos 9.2 y 16.3 del Código Civil. ¿La nacionalidad (vecindad civil común) del artículo 9.2 del Código Civil lo ha de ser necesariamente al tiempo de contraer matrimonio? ¿Qué es la vecindad civil? Su distinción con la vecindad administrativa o política de las CCAA. La ley aplicable conforme al Reglamento 2016/1103. El acuerdo de elección de ley, sus requisitos formales y su eficacia frente a terceros. ¿Es necesaria la inscripción en el registro civil español del acuerdo de elección de ley? Los criterios legales supletorios para la determinación de la ley aplicable: el artículo 26.1 del RREM. ¿Es lo mismo residencia habitual común inmediatamente posterior al matrimonio que primera residencia habitual común tras el matrimonio? La cláusula de escape del artículo 26.3 del Reglamento europeo: ¿es posible su aplicación por el notario? La cláusula de cierre del artículo 16.3 del Código Civil a favor del derecho civil común: ¿procede su aplicación en un conflicto internacional de leyes? La aplicación de la ley del foro por los Tribunales españoles ante la falta de prueba de la ley extranjera. La disposición de la vivienda habitual de la familia y el orden público.

      Las Hilanderas. Velázquez. Me voy a ocupar en esta entrada del Reglamento comunitario 2016/1103 , por el que se establece una ...